DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 66 en concordancia con los artículos 70, 71y 73 todos del Código Orgánico Procesal penal se acuerda LA ACUMULACIÓN de la causa LP11-P-2006-166 a la causa que cursa por ante este Tribunal, es decir, la LJ11-P-2002-86. SEGUNDO: Se suspende la continuación de la presente causa hasta tanto sea presentado acto conclusivo en la causa LP11-P-2006-166. TERCERO: Se Impone al Imputado RAMON ALIRIO CARRILLO ARIAS, venezolano, natural de Colon Estado Táchira, fecha de nacimiento 04-07-1970, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.283.874, soltero, analfabeta, trabaja como obrero aserrando madera en el Sector Río Pe.....