DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, se ACUERDA: librar ORDEN DE APREHENSIÓN del ciudadano JEN CARLOS LUNA PABON, quien es venezolano, titular e la cédula de identidad Nº V. 16.743.417, residenciando en la Urbanización Páez, Sector 2, vereda 13, Casa Nº 02, El Vigía estado Mérida, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado e el articulo 409 del Código Penal, por cuanto están dados los presupuestos del Artículos 251 ordinales 4 y 5 y 262 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez aprehendido deberá ser puesto a disposición de este Tribunal a los fines de ser escuchado y resolver sobre el mantenimiento de la medida Privativa de Libertad.