En esta misma fecha se DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, contra el investigado ANTONIO JOSÈ DUGARTE RAMIREZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de La Víctima ciudadana AIMARA DEL CARMEN DUGARTE ALVAREZ. Se acuerda imponer Medida Cautelar Menos Gravosa a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Tercer Aparte del artículo 93 en concordancia con los artículos 92 numeral 8 y 87 numerales 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como lo establecido en el artículo 256 numeral 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda a solicitud del Ministerio Público, la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA.-