Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 4 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de: del ciudadano ISMAEL JESUS VARELA DIAZ, nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 18.499.357, natural de caracas, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 13-10-84, soltero, comerciante, residenciado carretera panamericana, frente a la entrada de la escuela Simón Rodríguez, propietario de Reparaciones de Colchones "El Vigía" ubicado en la carretera panamericana, Mucujepe, Estado Mérida, teléfono 0424-7614382, desconociéndose mas datos del mismo, por el delito en contra del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: ACUERDA no realizar la audienci.....