Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: AMPLIA el plazo de prueba por el lapso de Un (01) año, de conformidad con el artículo 46 numeral 02, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado CESAR ALEXANDER AVENDAÑO ZAMBRANO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.762.692, de 26 años de edad, nacido en fecha 11-02-1982, hijo de José Luís Avendaño (v) y de Carmen Herminia Avendaño Zambrano (v), lunchero en el Hospital de Magallanes de Catia, Caracas Distrito Capital, domiciliado en Catia Los Magallanes, avenida principal al lado de la panadería Crema de Catía, Caracas Distrito Capital, celular 0424-2533779, teléfono N° 0212-8701306 (lugar de trabajo), por la presunta comisión del delito de por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado.....