DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a JAIRO MANUEL ORTEGA PRADA, venezolano, obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.636.073 y RAMÓN DE JESÚS DÁVILA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.354.574, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja sin efecto cualquier Medida de Coerción Personal que pese sobre los imputados. Notifíquese a las Partes. Librese el Oficio respectivo Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía. Cúmplase.