Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA: ------------------------------------------------------------------
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de CARLOS JULIO ZERPA OSUNA, quien es venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V. 11.217.820, nacido en fecha 07-05-71, hijo de Ana Julia Osuna y Ángel Emiro Zerpa, residenciando en Barrio El Carmen, calle principal, cinco casas mas arriba de la Escuela y a dos casas del Hotel Palermo; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Fundamento la presente decisión en los artículos: 42, 44, 48 numeral 7, .....