Este Tribunal en fucniones de Control Nº 06 del Circutio Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, acordó visto que tales Actos de Imputación, aparecen realizados a más de un año de la fecha de la perpetración de los hechos investigados, ocurridos el día 11.05.2.008, de lo cual se infiere que, efectivamente, como bien señala la Abg. Lissett Gardenia Ruiz Peña, Defensora Pública a cargo de la defensa del funcionario JUNCO ANGULO FRANKLIN GERARDO, siendo procedente, en consecuencia, decretar el Sobreseimiento de la causa en relación con el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, del Código Penal, el cual establece una pena de arresto de tres (03) a seis (06) meses, siendo el término medio de la pena de cuatro (04) meses y quince (15) días de arresto, el término de prescripción de un (01) año, conforme al artículo 108.6, eiusdem, no compartiendo este juzgador el fundamento que hace la Representación Fiscal en base al artículo 318.4 del mismo .....