Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 51 Constitucional, y en los artículos 282, 318, numeral 3°, y 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, y en los artículos 37, 108.6, 109, 110, y 175, ùltimo aparte, del Còdigo Penal Venezolano vigente para el momento de la perpetración, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: Rechaza la petición de sobreseimiento que con fundamento en lo establecido en el artículo 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal, formularan las ABGS. SOELY BENCOMO BECERRA y SUSAN IDENNE COLINA, actuando con el carácter de Fiscal Sexta de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y Fiscal Auxiliar, adscrita a la Fiscalìa Sexta de P.....