TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL N°-06, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD de Transferir las presentaciones del Imputado, desde la Oficina de Alguacilazgo de Este Circuito Judicial Penal, hasta la Prefectura de la Población de la Azulita, Estado Mérida, cada 15 días, como lo venia haciendo, a partir de al presente fecha. SEGUNDO. Se acuerda Oficiar al Funcionario titular o encargado de la Prefectura de la Población de la Azulita Estado Mérida, de la presente decisión, el cual deberá informar al Tribunal, de cada una de las presentaciones que realice el Imputado por ante la misma. TERCERO: Por cuanto la causa principal se encuentra en la Fiscalía XVII del Ministerio Público, se acuerda enviar las presentes actuaciones a esa Fiscalía para que sean .....