Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No.06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: Estima acreditada con las actuaciones acompañadas por la Representación Fiscal, suficientemente determinadas en capítulo aparte de este fallo, la presunta comisión del delito que el Ministerio Público precalifica como HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal de la Republica Bolivariana de Venezuela, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JOSE GREGORIO PARRA SALCEDO. Segundo: Califica como flagrante, de conformidad con lo establecido en los artículos 44.1 Constitucional, y 248, del Código Orgánico Procesal Penal, la aprehensión del imputado LUIS ENRIQUE CASTILLO VALERO, el día 04 de los corrientes, por funcio.....