Conforme a lo establecido en el artículo 330, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, admite en su totalidad la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra de los ciudadanos EDUARDO LUIS GODOY, venezolano, de 20 años de edad, natural de Mérida Estado Mérida, nacido en fecha 08-10-1989, soltero, de ocupación obrero, titular de la cedula de identidad N° V- 20.940.186, grado de instrucción sexto grado de educación básica, hijo de Ana Josefa Godoy Zerpa (v) y desconoce el nombre de su padre, residenciado en el Barrio 5 de Julio Parte Alta, calle principal por la escalera, casa s/n pintada de color blanco, puerta roja y rejas blancas, frente a una parcela deshabitada, a dos casas de la bodeguita de nombre Chabela y al lado del ciudadano que apodan “El Maracucho”, El Vigía, Estado Mérida, teléfono 0414-0368282 perteneciente a su tía María Godoy, y JHON WALTER MENDEZ DUARTE, venezolano, de 19 años de edad, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fec.....