Este Juzgado ACORDÓ: PRIMERO Estima acreditada con las actuaciones acompañadas por la Fiscalia Décimo Séptima de esta entidad, de la Correspondiente Averiguación Penal, de fecha 10-12-2008 suscrita por el Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, la comisión de hechos punibles perseguibles de oficio, los cuales son penalizados con medida privativa de la libertad, cuya acción para su enjuiciamiento no se encuentra evidentemente prescrita, que el Ministerio Público califica como constitutivos de los delitos de AMENAZA AGRAVADA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, SEGUNDO: Considera que en la aprehensión del investigado de autos RAFAEL ANTONIO VIELMA TORO. TERCERO: A solicitud de la representación fiscal a la que se adhiere la defensa pública; y al considerar que de las actuaciones acompañadas, se desprende serios, fundados y concordante elementos de convicción que señalan al ciudadano RAFAEL ANTONIO VIELMA TORO, como autor o participe en la comisión de los hechos que le atribuye la representaci.....