Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: Vista la solicitud hecha por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, de que se le decrete medida privativa de libertad al ciudadano Luís Palmar González, a quien se le había librado orden de captura por cuanto el mismo no se presento a la Audiencia Preliminar, y que igualmente cambio de domicilio y no se presento ante la prefectura de Palmarito, Estado Mérida, como se le había acordado, este Tribunal considera que debe declarar sin lugar dicha Medida Privativa de LIbertad por cuanto el delito imputado al ciudadano Luís Palmar González, es el delito de Violencia Física cuya sanción o penalidad es prisión de 6 a 18 meses, y que por dicha pena en la audiencia preliminar el imputado podría solicitar una de las medidas alternativas a la prosecución del proceso,.....