Este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 330 y 331 del Código Orgánico procesal Penal, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se ADMITE en su totalidad la ACUSACIÓN presentada por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal en fecha 02-09-2010, en contra del acusado, JESUS GREGORIO PEREZ RUIZ venezolano, natural de caracas, Distrito Capital, de 32 años de edad, teléfonos 0414-379553 y 04247384019 perteneciente a mi esposa, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Cleotiste Guillen Rojas, por los hechos ocurridos en fecha 29-01-2009 siendo las 6.00 de la tarde, en los mismos términos expuestos por la Representación Fiscal en su escri.....