ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: Primero: Admite en su totalidad la acusación presentada mediante escrito recibido a través de la Unidad y Recepción de Documentos de esta Extensión El Vigía, en fecha 26 de enero del presente año, expuesta oralmente por la Fiscal Sexta de Proceso del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, al considerar que la misma cumple con los requisitos previstos en el artículo 326, eiusdem, en contra del ciudadano JOSE IGNACIO TOVAR, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, cometido en perjuicio del ciudadano JOSÉ AMABLE RUEDA ESPINEL, en fecha 08 de diciembre de 2.009, en las circunstancias de modo, tiempo y lugar explanados en su escrito acusatorio por la Representación Fiscal.