Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No.06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: PRIMERO: Estima acreditada con las actuaciones acompañadas por la Representación Fiscal, anteriormente señaladas en capítulo aparte de este fallo, la comisión de un hechos punibles, perseguibles de oficio, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, que el Ministerio Público precalifica como constitutivos de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, eiusdem, en perjuicio de El Orden Público, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413, eiusdem, en perjuicio del ciudadano HARRISON GARCIA SOTO. SEGUNDO: Califica como flagrante de conformidad con lo establecido en los .....