Se decretó la aprehensión en flagranvia de los imputados MARCOS DE JESUS URDANETA URDANETA, y LUIS NILBERTO COIS, identificados en las actuaciones. Continuar por el procedimiento ordinario, conforme a los artículos 248 y 373 del COPP. Igualmente se acordó medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, para el primero de los mencionados, conforme al art. 256 numeral 3 (presentación periódica cada 15 días ante este Tribunal); para el segundo, conforme al artículo 256 numerales 2 y 3 (Someterse a la vigilancia y cuidado de la ciudadana SILVA DE URDANETA MARIA. Notificar a la víctima, y al transcurrir el lapso legal remitir a la Fiscalía del ministerio Púb.