Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No.06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Estima acreditada con las actuaciones acompañadas por la Representación Fiscal, suficientemente explanadas en capítulo aparte de este fallo, la presunta comisión del delito que el Ministerio Público precalifica como Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de La Colectividad. SEGUNDO: Califica como flagrante la aprehensión del imputado JOSE LUIS COLINA, de conformidad con lo establecido en el artículo 44, numeral 1°, Constitucional, en armonía con lo previsto en el artícu.....