Por lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE CONTROL No. 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida contra los ciudadanos AGUSTIN TORRES, portador de la cédula de identidad No. V-16.679.465 y EVARISTO CALLIMAN POZZOBON, portador de la cédula de identidad No. E-95.740, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en agravio de El Estado Venezolano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes la presente decisión y remítanse en su oportunidad las actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial.
Contra la presente decisión procede Recurso de Apela.....