IMPONE al ciudadano FRANCISCO RODRÍGUEZ, de 32 años de edad, venezolano, Indocumentado, soltero, obrero, y residenciado en el sector Los Naranjos, de la plaza hacia dentro, en la finca que dice pertencía a Temilo Fuenmayor, hijo de Eloina Rodríguez (v) y Francisco Zuñiga (V), de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinal 3°, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, consistente en PRESENTACION PERIODICA ANTE ESTE TRIBUNAL CADA TREINTA (30) DIAS, A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SEA DADO DE ALTA POR PRESCRIPCION MEDICA. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Se acuerda oficiar al Director del Hospital Universitario de Los Andes (H.U.L.A), para que notifique al Tribunal la fecha que el imputado FRANCISCO RODRÍGUEZ, sea dado de alta.
Quedan notificadas las partes de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.CÚMPLASE.
EL JUEZ DE CONTROL No. 07.....