Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE CONTROL No. 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.217.698, residenciado en la avenida 14, N° 9-29, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal vigente en perjuicio del ciudadano OMAIRO DE JESÚS GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.201.895, residenciado en la vía panamericana, sector Camellón de los Jiménez, casa s/n, Estado Mérida.
Notifíquese al Fiscal de Transición del Ministerio Público de la presente decisión. En cuanto a la Víctima por extensión y al Imputado, se ordena que la misma sea publicada a .....