Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: UNO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano BLAS ERNESTO BRICEÑO BRICEÑO, apodado "El Cachito", venezolano, de 58 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 7.194.309, natural de Monte Carmelo Estado Trujillo, nacido en fecha 07-11-1951, domiciliado en el Barrio Edecio La Riva, vía el Matadero, casa sin número, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, Tucaní Estado Mérida,,por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANYILETH YAKELIN CORDONES VERA. DOS: Se acuerda la tramitación de la presente causa conforme a las reglas del.....