TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°).- NO CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano: SEVERO JOSE URDANETA GUTIERREZ, venezolano, de 47 años de edad, soltero, chofer, titular de la cedula de identidad V-7.780.957, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido en fecha 10-06-1962, hijo Severo José Urdaneta y de Yolanda Lucila Gutiérrez, residenciado en el sector Hugo Chávez Fría, Manzana 6, calle Cipriano Castro, casa 003, El Vigía Estado Mérida, para calificar o no su aprehensión en situación de flagrancia, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 en armonía con el articulo 15 numeral 2° y 3° de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LIBIA MARGA.....