Por todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 282, y 318 numeral 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 49, numeral 6, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE CONTROL N° 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a MAURO ANTONIO DUGARTE ZAMBRANO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.083.809, residenciado en Chiguara Estado Mérida.
Notifíquense a las partes de la presente decisión, y remítanse en su oportunidad las actuaciones al Archivo Judicial.
En caso de no ser localizados en la dirección señalada, notifíqueseles de conformidad con el artículo 181 y 183, ambos del Código Orgá.....