DISPOSITIVA
En base a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, luego de la valoración de los elementos probatorios que fueran debatidos en Audiencia, de acuerdo con lo establecido para ello en el Artículo 22 de la Ley Adjetiva Penal, por UNANIMIDAD, declara CULPABLE a JULIO ALEXANDER MÁRQUEZ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, natural de Santa Bárbara Estado Barinas, titular de la cédula de identidad N° 15.783.204, soltero, obrero, hijo de Jesús Atilio Márquez, (v) y de Isabel Gutiérrez, residenciado actualmente en la avenida Rotaria sector La Vega, diagonal al Centro Turístico Frontino, casa sin número El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso EVANGELISTA MÁRQUEZ MONTES, condenándolo a cumplir la pena de Q.....