Este TRIBUNAL DE JUICIO N°. 02, DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓNEL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE AL LEY, hace los siguientes pronunciamientos. Declara sin lugar las solicitudes hechas por el abogado, OSCAR MARINO ARDILA ZAMBRANO, defensor del Ciudadano SILFREDO DESEO LUNA. Se fundamenta la presente decisión en los artículos anteriormente señalados y en los Artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a los solicitantes, al abogado de la Víctima, así como a la Fiscal del Ministerio Público. Y ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y DEJESE, copia para el archivo del tribunal. DADA SELLADA Y FIRMADA, en el despacho del Juez de Juicio N°. 02, de este Circuito Judicial, a los Veintiún (21) días del mes de Mayo del año 2008.-------------------------------------------------------------------------
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