ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: La inculpabilidad del ciudadano JOSE GREGORIO SANCHEZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.109.364, natural de Mérida, Estado Mérida, de 34 años, con fecha de nacimiento 25-08-71, alfabeto, casado, de profesión u oficio Militar de servicio activo del Componente Ejercito con la jerarquía de Sargento Mayor del Tercera, adscrito a la 22 Brigada de Infantería del Ejercito, con sede en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, residenciado en la calle La Isla, casa N° 1-60, Mérida, Estado Mérida, por la comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley contra la Corrupción, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO de forma directa e indirectamente contra JUNIOR MARTIN ALBORNOZ QUIROZ.
SEGUNDO: Se acuerda la libertad plena del ciudadano JOSÉ GREGORIO SANCHEZ RIVAS, a partir de la presente fecha, cesando la medida cautelar .....