Este TRIBUNAL UNIPERSONAL DE JUICIO NRO. 03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena al acusado: LUIS ERNESTO MENDOZA natural de Bucaramanga República de Colombia, fecha de nacimiento 26-09-56, de 48 años de edad, soltero, comerciante, residenciado en Ejido, Estado Mérida, a cumplir la pena de: TRES AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley, de conformidad al artículo 16 del Código Penal por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS, LESIONES LEVES y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previstos y sancionados en los artículos 376, 417 y 277, respectivamente del Código Penal en armonía con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y el artículo 18 del Reglamento de la referida Ley, pena esta aplicada de conformidad al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, norma ésta que establece la rebaja especial a realizar por el Juez, tomando en cuenta las circunstancias del caso, el bien jurídico afectado y el daño s.....