DECISIÓN
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía, constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: En base al artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por disposición del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE al ciudadano BUSTAMANTE ROJO JORGE LEONARDO, venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 05/08/1988, soltero, titular de la Cedula de identidad N° V-21.570.485, hijo de María Auxiliadora (v) y de José Dolores (v), residenciado en: La Urbanización Páez, sector 1, calle principal, casa sin número, a cuatro casas del Ambulatorio, EI Vigía, Estado Mérida, de la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS E.....