DECISIÓN
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: En base al artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por disposición del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE al ciudadano ALFREDO ENRIQUE MALDONADO, venezolano, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 08-06-1973, titular de la cedula Nº 13.478.882, comerciante, hijo de Manuel Maldonado Rangel y de Melida Olivo de Maldonado, residenciado en la calle san Isidro, bajando la Alcaldía al Mercal, casa s/n, de color Blanco, Nueva Bolivia Estado Mérida, teléfono 0424-7182575, por la presunta comisión del presunto delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FÍSIC.....