En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, por Votación Unánime, ABSUELVE a ALFREDO GONZÁLEZ PALMARES, venezolano, de 30 años de edad, natural de Amazonas, soltero, obrero, sin cédula de identidad, fecha de nacimiento 04-03-1976, residenciado en la Hacienda Monte Verde (Gonzalo Uzcátegui), sector El Alcázar, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, por los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, establecido y sancionados en los artículos 16 y 17 de la Ley Sobre La Violencia Contra La Mujer y La Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana CLELIA GAMBOA VANEGAS; el delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el Artículo 277 del Código Penal y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el Artículo 218 Numeral 1 del Código Penal.
De conformidad con el Artículo 366 del Código Orgánico P.....