Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, constituido como TRIBUNAL UNIPERSONAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Este Tribunal Unipersonal, de las pruebas valoradas en el presente juicio oral y público, considera suficiente para que este Tribunal Unipersonal declare la responsabilidad penal del ciudadano; ENDER ALEXIS RIVERO DIAZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, cometido en perjuicio de la ciudadana AIDE MAGALI DÍAZ. SEGUNDO: Este Tribunal Unipersonal, de las pruebas recepcionadas determinó la culpabilidad del acusado en el presente juicio, por lo que DICTA SENTENCIA CONDENATORIA al ciudadano ENDER ALEXIS RIVERO DIAZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, cometido en perjuicio de la ciudadana AIDE MAGALI DÍAZ. TERCERO: Por cuanto al acusado ENDER ALEXIS RIVE.....