Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, constituido como Tribunal Unipersonal, representado por el JUEZ RAFAEL RAMON RONDON GRATEROL, en aras de la plena observancia de lo dispuesto en el articulo 334 de nuestra Carta Magna, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS; PRIMERO: Este Tribunal unipersonal, de las pruebas valoradas en el presente juicio oral y público, declara la inocencia y por ende la inculpabilidad de la acusada de autos, al no demostrarse la acción de la ciudadana NULBIA MARINA CARRERO GARCIA, en los hechos, que fueron calificados por el Ministerio Público, como el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS, en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ LUÍS BRICEÑO y CANDELARIO BECERRA GALVÁN. SEGUNDO: Este Tribunal Unipersonal, de las pruebas recepcionadas en el presente juicio, no determinó la culpabilidad de la acu.....