ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Este Tribunal Unipersonal, declara la inocencia y por ende su inculpabilidad, al no demostrarse la responsabilidad del acusado GERMAN ENRIQUE DE ALBA MACIAS, que fueron calificados por el Ministerio Público, como el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, en perjuicio de la ciudadana: MAYRA ALEJANDRA FONSECA CAMPOS, y el delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, en perjuicio de la niña cuya identidad se omite. SEGUNDO: Este Tribunal Unipersonal, no determino la culpabilidad del acusado, de las pruebas recepcionadas en el presente juicio, por lo que DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del acusado GERMAN ENRIQUE DE ALBA MACIAS, por no demostrarse los hechos, que fueron calificados por el Ministerio Público, en su acusación como el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, en perjuicio de la ciudadana: MAYRA ALEJANDRA FONSECA CAMPOS,.....