Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado CARMEN EMIRO ORTEGA, quien es de nacionalidad venezolana adquirida, titular de la cédula de identidad N° V-22.662.575, natural de Ocaña, Departamento de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 04-04-1.959, de 49 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de María Ortega (f) y de Leonidas Guerrero (f), residenciado en el Sector Onia, Culegría, La Batea, a 50 metros de la Quesera “La Mano de Dios”, Casa S/Nº, de color blanco, a orilla del río, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por el plazo de UN (01) AÑO, ON.....