En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 479, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado WILBER ALEXANDER SUAREZ COLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.919.173, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 19-07-1.983, de 24 años de edad, soltero, albañil, hijo de Pedro Enrique Suárez (f) y de Teresa de Jesús Colina (v), residenciado en la Urbanización Vista Hermosa, Calle 14, Casa N° 54, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, quien se encuentra actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, Estado Zulia. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 479 numeral 1 y 482 del Có.....