Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: La formula alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado FRANKLIN PERNIA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.305.444, soltero, por existir en forma simultanea y concurrente, los requisitos que exige en el artículo 501 y de conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, se fijan las siguientes condiciones al penado, quien se comprometerá a cumplirlas:___________________________________________
No incurrir en nuevos hechos delictivos.___________________________
Debe mantenerse ubicado laboralmente de manera estable.__________
Evitar lugar y personas de dudosa reputación.______________________
Cumplir con las condiciones impuestas por este tribunal, las cuales .....