este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA el siguiente EJECÚTESE DE LA SENTENCIA: En consecuencia se designa como lugar de reclusión para el penado HENRY YOEL MARQUEZ BUSTAMANTE, antes identificado, el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION ANDINA, con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida. Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Para el cómputo respectivo, se observa que el mencionado penado, fue detenido en una primera oportunidad en fecha 11-02-2001 hasta el día 19-03-2001, por Un (01) mes y Ocho (08) días, y en una segunda oportunidad en fecha 25-01-2004 hasta la presente fecha 30-03-2005 en que se hace este cómputo de pena, por Un (01) año, Dos (02) meses y Cinco (05) días al sumar estos dos tiempos le da de t.....