DECISIÓN
En base a los argumentos antes expuestos, este tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos:
UNICO: Se decreta con lugar la solicitud interpuesta por el Defensor Publico JOSE MANUEL LEON MORENO y en tal sentido DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del adolescente (SE OMITEN ESTOS DATOS EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD EN MATERIA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA L.O.P.N.A.), por cuando del análisis de las actuaciones es evidente que el día 13 de agosto de 2.004, este tribunal acordó conceder un plazo de 90 días para que el Ministerio Publico presentara un acto conclusivo en la presente causa, lapso este que venció el día 13 de noviembre de 2.004, puesto que no fue solicitada la prorroga establecida en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y hasta la presente fecha han trascurrido mas de 5 meses desde que venció el lapso de tiempo concedido.....