ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA ADMITIR totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) de 17 años de edad, fecha de nacimiento 16-10-92, titular de la cedula de identidad N° (RESERVADO), hijo de (RESERVADO), domiciliado en el sector (RESERVADO),por considerar el Tribunal que ciertamente existen elementos, que configuran los delitos de OCULTAMIENTO y POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en los artículos 31 y 34 concatenado con el artículo 46.5 todos de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni.....