DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2, SECCIÓN ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: ACUERDA: PRIMERO: De conformidad con el articulo 44 constitucional cumplido como lo establece el numeral 1, 19 del Código Orgánico Procesal Penal y 542 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Se acuerda librar oficio para la comandancia de la policía del estado Mérida, a los fines de que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolano, nacido en fecha 28-07-1997, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión obrero, residenciado en (RESERVADO), del Estado Mérida. Sea recluido en calidad de deposito por ante el reten policial de dicha dependencia, resguardándole sus derechos constitucionales hasta tanto la Jueza de Juic.....