DISPOSITIVA
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del adolescente: (SE OMITEN ESTOS DATOS DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA L.O.P.N.A.), por encontrarse llenos los extremos establecidos en los artículos 248 Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: Se le impone al adolescente (SE OMITEN ESTOS DATOS DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA L.O.P.N.A.), la medida cautelar prevista en el artículo 582 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; a tal efecto, se le prohíbe al adolescente acercarse al Fundo San Martín de Loba, ubicado en La Aldea El Guamo, Sector El Morro, Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida; en consecuencia se ordenó la LIBERTAD INMEDIATA del precitado adolescente, la cual se hizo efectiva desde la sala de audiencias, por encontrarse presente su hermano mayor el ciudadano JOSE M.....