DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como autor al adolescente omitida, antes identificados por la comisión del delito de delito HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO previsto en los artículos 405 en concordancia con el artículo 80 segundo párrafo del Código Penal, en perjuicio de Flores Peña Jesus Ricardo, sancionado en el artículo 620 literal "f" y 628 parágrafo segundo letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y el Adolescentes a cumplir la sanción de TRES (03 ) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD la cual deberán cumplir en el INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR DEL ESTADO MERIDA, por ser menor de edad Líbrese Boleta de privación de libertad.
SEGUNDO: En at.....