Por todas las consideraciones de hecho y de derecho aquí expresadas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección Adolescentes, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda sustituir la medida de privación de libertad al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por una menos gravosa, la establecida en el Artículo 582 literal "b" de la LOPNA, vigilancia de la psiquiatra de esta sección de adolescente y deberá presentarse el día 06-12-05, a las 9:30 am., a los fines de una valoración psiquiátrica y de la supervisión de la medida cautelar, quien deberá presentarse cada ocho (08) días, específicamente los días martes, por ante la oficina de Alguacilazgo de este Tribunal. En relación a la separación de las causas solicitada por la defensoría, este Tribunal de Juicio no la acuerda debido a que esta juzgadora considera pertinente la fijación de una Audiencia especial para la depuración del nuevo defensor y de la .....