DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, a fin de garantizar la tutela judicial efectiva de carácter constitucional establecida en el artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 44 y 257 Constitucional en concordancia con el 548 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescente, acuerda: UNICO: Mantener la medida cautelar sustitutiva que le fuera impuesta al adolescente en la audiencia de presentación de detenido en flagrancia realizada en fecha 03-10-06, consistente en presentaciones cada ocho (8) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, conforme al artículo 582 literal "c" de la Ley Especial; y en consecuencia, se ordena la libertad inmediata del m.....