ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: Vista la admisión de los hechos, de conformidad con el Artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que en forma libre y voluntaria hace el adolescente de autos,: CONDENA al adolescente (SE OMITEN LOS DATOS DE ACUERDO AL ART. 545 LOPNA); acusado como coautor del delito de ROBO AGRAVADO y autor del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en los Artículos 458 y 418 del Código Penal, sancionado en el Artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en perjuicio del ciudadano OMAR ANTONIO PÉREZ Y YELITZA MONSALVE; en consecuencia , se le impone al adolescente JESÚS EDUARDO MONSALVE RUIZ, antes identificado, las medidas establecidas en el Artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, letras “b.....