acuerda SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA, por el termino de tres (03) meses contados a partir de la presente resolución, venciendo dicho término el día nueve (09) de septiembre del dos mil cuatro (2004); fecha después de la cual la ciudadana Fiscal deberá solicitar el sobreseimiento definitivo si el adolescente ha cumplido con las obligaciones pactadas; en caso contrario se reanudara el proceso.--------------------------------------------------------------------------------
En virtud del acuerdo al que arribaron las partes, se establecieron las siguientes obligaciones: PRIMERO: Los adolescentes se comprometieron a no agredir ni indirectamente a la víctima ni por si ni por interpuestas personas. SEGUNDO: Los adolescentes deben cancelar la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES (Bs. 11.000,00) debiendo ser sufragada en forma fraccionada por cada uno de los adolescentes; es decir, CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.500,oo). TERCERO: Los adolescentes deben continuar trabajando y deben consignar.....