DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1, SECCIÓN ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: ACUERDA: PRIMERO: Se deja sin efecto la orden de captura, Por ante este Tribunal. Ofíciese a los organismos competentes. SEGUNDO: Se acuerda con lugar lo solicitado por la representación fiscal y la defensa en cuanto a la medida cautelar establecida en los artículos 582 literal "c", la cual consiste en presentaciones periódicas, el cual deberá presentarse cada ocho (8) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Sección Penal de Adolescentes, y prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Mérida. Ofíciese. Líbrese Boleta de excarcelación Por encontrarse su representante legal el adolescente se retira desde esta misma sala. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes. Quedaron .....