DISPOSITIVA
Expuestos a las partes los fundamentos de hechos y de derecho de la decisión, en virtud de la admisión de los hechos, que en forma libre hiciese el adolescente acusados de auto; este TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMINISTRANDO JUSTICIA, CONDENA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión como autor del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 segundo aparte, de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en consecuencia le impone las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, por el término de un (1) año, bajo la orientación y vigilancia de un especialista en la conducta humana, que designe el Juez de Ejecución Competente; REGLAS DE CONDUCTA, por el término de dos (2) años, debiendo el adolescente realizar actividades educativas de carácter formal o vocacional o actividades laborales de carácter lícito; entendiéndose qu.....